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Elaboración de Programas De Seguridad y Salud en el Trabajo NTS 009/18

En Bolivia, los Planes de Higiene, Seguridad Ocupacional y Manual de Primeros Auxilios constituían el mecanismo legal que tenían las empresas para cumplir la Ley General de Higiene y Seguridad Ocupacional y Bienestar, pero con la Resolución Ministerial No. 1411 del 27 de diciembre de 2018 se dejó sin efecto estos Planes y se aprobó un nuevo mecanismo más eficiente denominado PSST o Programas de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Este cambio en la normativa legal aún es desconocido o ignorado por muchas empresas que en caso de no adaptarse a este cambio van a quedar expuestas a multas y sanciones.
¿Qué es el PSST?
La Norma NTS-009/18 define los PSST o Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo como: Documento que contiene el conjunto de actividades y mecanismos en materia de higiene, seguridad ocupacional y bienestar, implementados en la empresa o establecimiento laboral, que tiene por finalidad la prevención de riesgos ocupacionales, accidentes de trabajo y enfermedades laborales.

¿Qué sustento legal tiene el PSST?
El Ministerio de Trabajo creó la Norma Técnica de Seguridad NTS 009/18, la cual regula la presentación de los Programas de Seguridad y Salud en el Trabajo, esta norma fue aprobada y puesta en vigencia con la Resolución Ministerial No. 1411/18 del 27 de diciembre de 2018. Esta Resolución Ministerial también deja sin efecto todas las Resoluciones que regulaban los Planes de Higiene, Seguridad Ocupacional y Manuales de Primeros Auxilios.
¿Quiénes están obligados a presentarlo?
El Artículo 2, de la Norma NTS-009/18 establece que es de aplicación obligatoria para todas las empresas o establecimientos laborales nacionales y/o extranjeros, que se encuentran en operación o en etapa de ejecución de proyectos (construcción) en territorio Nacional, sean públicos o privados, persigan o no fines de lucro. de conformidad a lo establecido en la Ley General de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar N°16998 de 02 de agosto de 1979, Decreto Supremo N° 2936 de 5 de octubre de 2016 y normativa conexa.
¿QUE VIGENCIA TIENE EL PSST DESDE SU APROBACIÓN?
El PSST aprobado tendrá vigencia de 3 (tres) años; al término de dicho plazo la Empresa o Establecimiento Laboral, debe tramitar la aprobación del PSST actualizando la información conforme al procedimiento establecido en los artículos 5 y 6 de la presente norma.
¿CUANDO SE DEBE REALIZAR LA ACTUALIZACIÓN DEL PSST?
Las Empresas o Establecimientos Laborales que cuenten con la aprobación respectiva del PSST y que posteriormente realicen modificaciones en la infraestructura, procesos de producción, cambio de insumos, materia prima, cambio o modificación de razón social y/o traslado de las instalaciones, deberá realizar una nueva presentación, conforme al procedimiento establecido en los artículos 5, 6 y 7 de la presente norma.


¿CUAL ES EL CONTENIDO DEL PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (PSST)?
El PSST contiene 13 puntos especificados en la NTS 009/18:
- Políticas y Objetivos de Seguridad y Salud en el Trabajo.
- Explicación detallada del Proceso Productivo.
- Gestión de Riesgos Ocupacionales.
- Estudios/Monitoreos de Higiene (ruido, iluminación, ventilación, estrés térmico, vibración) según requerimiento de la empresa.
- Actividades de Altos Riesgos.
- Descripción de las Condiciones Actuales.
- Manual de procedimiento de Investigación de Accidentes e Incidentes de Trabajo.
- Dotación de Ropa de Trabajo y Equipo de Protección Personal.
- Capacitación exigida en la Legislación
- Adecuación del Comité Mixto de Higiene y Seguridad Ocupacional de acuerdo a Procedimientos establecidos en RM
- Inspecciones.
- Plan de Emergencias.
- Medicina del Trabajo y Salud Ocupacional.