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Elaboración de Programas De Seguridad y Salud en el Trabajo NTS 009/18

En Bolivia, los Planes de Higiene, Seguridad Ocupacional y Manual de Primeros Auxilios constituían el mecanismo legal que tenían las empresas para cumplir la Ley General de Higiene y Seguridad Ocupacional y Bienestar, pero con la Resolución Ministerial No. 1411 del 27 de diciembre de 2018 se dejó sin efecto estos Planes y se aprobó un nuevo mecanismo más eficiente denominado PSST o Programas de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Este cambio en la normativa legal aún es desconocido o ignorado por muchas empresas que en caso de no adaptarse a este cambio van a quedar expuestas a multas y sanciones.

 

¿Qué es el PSST?

La Norma NTS-009/18 define los PSST o Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo como: Documento que contiene el conjunto de actividades y mecanismos en materia de higiene, seguridad ocupacional y bienestar, implementados en la empresa o establecimiento laboral, que tiene por finalidad la prevención de riesgos ocupacionales, accidentes de trabajo y enfermedades laborales.

¿Qué sustento legal tiene el PSST?

El Ministerio de Trabajo creó la Norma Técnica de Seguridad NTS 009/18, la cual regula la presentación de los Programas de Seguridad y Salud en el Trabajo, esta norma fue aprobada y puesta en vigencia con la Resolución Ministerial No. 1411/18 del 27 de diciembre de 2018.  Esta Resolución Ministerial también deja sin efecto todas las Resoluciones que regulaban los Planes de Higiene, Seguridad Ocupacional y Manuales de Primeros Auxilios.

¿Quiénes están obligados a presentarlo?

El Artículo 2, de la Norma NTS-009/18 establece que es de aplicación obligatoria para todas las empresas o establecimientos laborales nacionales y/o extranjeros, que se encuentran en operación o en etapa de ejecución de proyectos (construcción) en territorio Nacional, sean públicos o privados, persigan o no fines de lucro. de conformidad a lo establecido en la Ley General de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar N°16998 de 02 de agosto de 1979, Decreto Supremo N° 2936 de 5 de octubre de 2016 y normativa conexa.

¿QUE VIGENCIA TIENE EL PSST DESDE SU APROBACIÓN?

El PSST aprobado tendrá vigencia de 3 (tres) años; al término de dicho plazo la Empresa o Establecimiento Laboral, debe tramitar la aprobación del PSST actualizando la información conforme al procedimiento establecido en los artículos 5 y 6 de la presente norma.

¿CUANDO SE DEBE REALIZAR LA ACTUALIZACIÓN DEL PSST?

Las Empresas o Establecimientos Laborales que cuenten con la aprobación respectiva del PSST y que posteriormente realicen modificaciones en la infraestructura, procesos de producción, cambio de insumos, materia prima, cambio o modificación de razón social y/o traslado de las instalaciones, deberá realizar una nueva presentación, conforme al procedimiento establecido en los artículos 5, 6 y 7 de la presente norma.

¿CUAL ES EL CONTENIDO DEL PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (PSST)?

El PSST contiene 13 puntos especificados en la NTS 009/18:

  1. Políticas y Objetivos de Seguridad y Salud en el Trabajo.
  2. Explicación detallada del Proceso Productivo.
  3. Gestión de Riesgos Ocupacionales.
  4. Estudios/Monitoreos de Higiene (ruido, iluminación, ventilación, estrés térmico, vibración) según requerimiento de la empresa.
  5. Actividades de Altos Riesgos.
  6. Descripción de las Condiciones Actuales.
  7. Manual de procedimiento de Investigación de Accidentes e Incidentes de Trabajo.
  8. Dotación de Ropa de Trabajo y Equipo de Protección Personal.
  9. Capacitación exigida en la Legislación
  10. Adecuación del Comité Mixto de Higiene y Seguridad Ocupacional de acuerdo a Procedimientos establecidos en RM
  11. Inspecciones.
  12. Plan de Emergencias.
  13. Medicina del Trabajo y Salud Ocupacional.